El litigio por la expropiación de YPF se convirtió en uno de los conflictos judiciales más relevantes de los últimos años para la Argentina. Este conflicto se originó en abril de 2015 cuando los fondos Petersen Energía Inversora y Eton Park Capital, antiguos accionistas de YPF, demandaron al Estado argentino ante tribunales de Nueva York. Alegaron que la expropiación llevada a cabo en 2012 durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner había vulnerado el artículo 7° del Estatuto de YPF. Dicho artículo establecía la obligación de que cualquier accionista que adquiriera más del 15% de la compañía debía extender una oferta equitativa a todos los demás socios minoritarios. Según la denuncia, el Estado incumplió esta cláusula al avanzar con la expropiación sin respetar el procedimiento estipulado, lo que habría causado un perjuicio patrimonial a los demandantes. Desde entonces, el caso atravesó varias administraciones sin que se modificara la estrategia de defensa.
En 2023, la jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, dictaminó que el Estado argentino había incumplido el estatuto de YPF, exonerando a la compañía y responsabilizando exclusivamente a la República Argentina. En septiembre de ese mismo año, Preska fijó la indemnización en 16.100 millones de dólares: 14.400 millones correspondientes a Petersen y 1.700 millones a Eton Park. La cifra representó una de las condenas más altas de la historia judicial contra un Estado en tribunales internacionales. A este monto deben sumarse los intereses acumulados, que incrementan diariamente la deuda en millones de dólares adicionales, elevando el riesgo financiero para el país. La situación se agravó en junio de 2025, cuando la magistrada ordenó que Argentina entregara el 51% de las acciones de YPF en manos del Estado como forma de pago parcial de la deuda. La decisión, que debía cumplirse en un plazo de 14 días, generó una fuerte conmoción política en la Argentina. El oficialismo consideró que la medida implicaba una violación flagrante a uno de los pilares indiscutibles de la soberanía nacional y un riesgo directo para el control estatal de una empresa estratégica para la política energética. Frente a la inminencia de la transferencia, el gobierno apeló la resolución y solicitó la suspensión de la medida, lo que dio lugar a una serie de idas y vueltas judiciales en las instancias superiores.
La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York decidió intervenir y, en un fallo emitido el 15 de agosto de 2025, concedió a la Argentina la suspensión de la entrega de acciones mientras dure el proceso de apelación. Este alivio parcial fue celebrado por el gobierno nacional como una victoria diplomática y judicial. Además, la posición argentina recibió un respaldo inesperado pero crucial: el Departamento de Justicia de Estados Unidos presentó un escrito como amicus curiae, señalando que la orden de entrega de acciones de una empresa estatal podría constituir una violación de la inmunidad soberana reconocida en el derecho internacional. Washington advirtió que, de confirmarse la orden de Preska, se sentaría un precedente riesgoso para otros países con activos estratégicos en territorio estadounidense, lo que explica el interés político de la Casa Blanca en intervenir.
El litigio plantea, por lo tanto, un triple desafío. Desde el punto de vista jurídico, Argentina argumenta que las controversias vinculadas a la expropiación de YPF debieron haberse dirimido en tribunales argentinos, dado que se trata de la interpretación de un estatuto societario regido por la ley local. La parte demandante, en cambio, sostiene que la jurisdicción neoyorquina es válida porque la compañía cotizaba en Wall Street y porque los estatutos contienen cláusulas que los vinculan con la legislación estadounidense. Desde el plano económico, la eventual confirmación de la sentencia obligaría a la Argentina a enfrentar una erogación multimillonaria que comprometería aún más su delicada situación fiscal. Con intereses, la deuda ya se aproxima a los 17.000 millones de dólares, lo que equivale a varios puntos del PBI. Y, desde la perspectiva política, el riesgo de perder el control de YPF representaría una derrota estratégica que impactaría en la política energética, particularmente en los planes de desarrollo de Vaca Muerta, considerada clave para la salida exportadora del país.
Mirando hacia adelante, el futuro del litigio se presenta abierto. Si la Cámara de Apelaciones confirma la validez del fallo de Preska, Argentina tendrá que negociar un plan de pago o afrontar la pérdida de control sobre YPF, con consecuencias impredecibles para su economía y política. Por el contrario, si la apelación prospera y el tribunal invalida o reduce el alcance de la sentencia, se abriría un margen para que el Estado retome la iniciativa, aunque el proceso podría derivar en una larga batalla judicial que se extienda hasta la Corte Suprema de los Estados Unidos. En el plano interno, la discusión sobre responsabilidades políticas por la expropiación sin previsiones legales adecuadas seguirá ocupando un lugar central en la agenda pública. El gobierno actual ya ha utilizado el caso como argumento para criticar a gestiones anteriores, particularmente a la de Cristina Fernández y Axel Kicillof, quien como ministro de Economía encabezó la operación en 2012.
En síntesis, el litigio por YPF trasciende la mera discusión jurídica y financiera. Lo que está en juego es, por un lado, la capacidad de Argentina para defender su soberanía económica en tribunales internacionales y, por otro, el futuro de una empresa considerada patrimonio estratégico. El desenlace del caso tendrá un impacto profundo en la política interna, en la percepción internacional sobre la seguridad jurídica del país y en las posibilidades de desarrollo de su sector energético en la próxima década.
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